Abstract
El Código Civil francés de 1804 se erigió como la obra cumbre del movimiento de la codificación. En su elaboración, la Comisión Redactora debió dar cabida a los intereses yuxtapuestos de una sociedad francesa marcada por la diferencia y la heterogeneidad. Portalis fue el encargado de presentar ante el Consejo de Estado el proyecto de Código Civil que, si bien fue modificado durante su aprobación, sirvió como insumo necesario para la elaboración de un Discurso Preliminar que justifica la imprescindible articulación entre interpretación de la ley y discrecionalidad judicial, relación que se analiza aquí, sin perder de vista el momento en el cual ambas son propuestas y su importancia para la sistematización del derecho.
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