Porte de Estupefacientes, Dosis Personal y la Intención de Traficar Como Elemento Esencial de la Conducta
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Palabras clave

Jurisprudencia

Cómo citar

Porte de Estupefacientes, Dosis Personal y la Intención de Traficar Como Elemento Esencial de la Conducta. (2017). Cuadernos De Derecho Penal, 18, 161-181. https://doi.org/10.22518/jour.cdp/201718ID2680

Resumen

Cuando a una persona adicta se le incauta una sustancia prohibida que crea dependencia en una cantidad levemente superior a la permitida como dosis para el consumo personal, debe entenderse que la misma la posee para su aprovisionamiento, salvo que ella obre con el elemento subjetivo del tipo distinto al dolo que, implícitamente, contiene la descripción comportamental vertida en el artículo 376 del Código Penal, esto es, el ánimo o propósito de traficar. Así las cosas, la realización del tipo penal no depende ‒en últimas‒ de la cantidad de sustancia llevada consigo sino de la verdadera intención que se persigue a través de la acción descrita; en estos casos, el agente debe ser absuelto si en su contra se ha proferido sentencia condenatoria.

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