Resumen
La Corte Constitucional, en Sentencia T-622 de 2016, reconoció al río Atrato como sujeto de derecho y le otorgó al Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible su representación legal; dicha declaración se presenta con base en diversas circunstancias y conflictos ambientales que han hecho necesaria la protección especial del río ante los avances de la minería y otras actividades extractivas, también conlleva grandes desafíos en su aplicación, en gran medida derivados de la falta de claridad respecto a los derechos que le serán reconocidos y sus garantías constitucionales. En esta medida, a través de esta propuesta investigativa se busca realizar un análisis hermenéutico de las garantías constitucionales consagradas en el ordenamiento jurídico colombiano para los sujetos de derecho y relacionarlas con la declaración del río Atrato como tal, con el fin de encontrar analógicamente dichas garantías aplicables para el mismo.