Resumen
La justicia transicional es una forma especial de justicia. Su particularidad reside en ser una justicia adaptada a procesos de transformación radical del orden social y político como, inter alia, la finalización de un conflicto armado para la subsecuente consecución de la paz. En ese sentido, los órganos de carácter judicial que se crean en el contexto de un proceso de justicia transicional, también deben guiarse por los principios básicos propios de todo proceso de carácter judicial. Así, la Justicia Especial para la Paz y las actuaciones procesales que allí se adelanten deben regirse por los principios procesales propios de todo proceso de carácter judicial. Sin embargo, no debe perderse de vista que en la justicia transicional algunas obligaciones y derechos son reinterpretados o limitados, con el fin de lograr una verdadera transición. A la luz de este presupuesto, el presente artículo pretende abordar algunos de los principios procesales propios de todo proceso de carácter judicial y analizar cómo deben ser aplicados en el contexto de la Justicia Especial para la Paz.