Abstract
El medioambiente se consagró en la Constitución de 1991 como un derecho cuya protección debe garantizar el Estado. Para lo cual se crearon una serie de entidades, entre ellas el Ministerio de Medio Ambiente –hoy Ministerio de Ambiente–, las CAR y otras, encargadas de velar por su protección y ser las máximas autoridades en materia de trámites administrativos ambientales. Se acuñó así el término desarrollo sostenible y se creó un discurso proteccionista que se ha visto rebasado por la realidad donde el hecho de no reglamentarse muchos procedimientos, no contar con recursos humanos y operativos para investigar y controlar la explotación del medioambiente, hacen necesario un replanteamiento de sus políticas de protección por medio de mecanismos expeditos que lo posibiliten, donde se incentive la participación de los ciudadanos a través de las acciones jurídicas existentes y la formulación de propuestas encauzadas a este fin.