EL CONTROL DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS Y FUSIONES EN EL RÉGIMEN COMPETITIVO ARGENTINO
PDF

Palabras clave

Concentraciones
nuevo régimen competitivo.

Cómo citar

EL CONTROL DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS Y FUSIONES EN EL RÉGIMEN COMPETITIVO ARGENTINO. (2011). Cuadernos De La Maestría En Derecho, 1, 327-377. https://revistas.usergioarboleda.edu.co/index.php/Cuadernos/article/view/158

Resumen

Las concentraciones pueden tener consecuencias económicas en perjuicio de la libre competencia y también causar un deterioro al interés económico en general. El nuevo régimen competitivo argentino prohíbe aquellas concentraciones que puedan tener un efecto adverso para la competencia o al interés económico. Sin embargo, lo novedoso de este es que exige una notificación previa a la realización de ciertas concentraciones que permite un actuar más efectivo de la autoridad administrativa. Este régimen ya se encontraba a nivel internacional como en usa y algunos países
europeos.

PDF

Referencias

Alegría, H. (1978). Algunas reflexiones sobre los conceptos de sociedad controlante, sociedad controlada y situación de control. Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones.

Bello Martín-Crespo, M.P. (1997). Seis años de defensa de la competencia en concentraciones de empresas realizadas en la CE. RDM (224). 894.

Bercovitz Rodríguez-Cano, A (2000). Apuntes de derecho mercantil, Navarra: Aranzi.

Biaggini, p.a. & asplindh, h. A. (2002, 7 de febrero). Joint venture y el control previo de fusiones & adquisiciones.

Bogo, J. (2001). Algunas cuestiones claves en el análisis de las fusiones y adquisiciones de empresas bajo la ley 25.156. Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones. 463.

Bolatti, J.L. (Ed). (2002, 2 de Noviembre). El fideicomiso y el capítulo III de la ley de defensa de la competencia. p.p. 1.

Bork, R. (1993). The antitrust paradox. A policy at war with itself, The Free Press.

Buzzoni Zocc ola, A. (1978). Nozioni di impresa nell’Ordinamento Giuridico Francese e Raporti con il Diritto Comunitario, Centro Studi sulle Cominità Europea, Padova: Cedam. Cit por Manóvil, R.M. (1998) Grupos de sociedades en el derecho comparado, Buenos Aires: Abeledo-Perrot.

Cámara, H. (1985). Derecho societario. Estudios relacionados con las leyes 19.550 y 22.903, Desalma.

Cesaretti, O. & Crespo, D. (1995). El fideicomiso y los negocios sobre participaciones sociales t. II. Todos en el VI Congreso de Derecho Societario, Ad-Hoc.

Champaud, C. (1962). Le pouvoir de concentration de la société par actions, París: Sirey.

____________ (1969). Los métodos de agrupación de sociedades (HALPERÍN, I. Traductor, Trad.). R.D.C.O.

Emmeric h, V. & Sonnensc hein, J. (1989). Konzernrecht ,3ª edic. München: C.H.Beck. cit. por Manóvil, R (1998). Grupos de sociedades en el derecho comparado, Buenos Aires: Abeledo- Perrot.

Fanelli, G. (1956-I). Considerazioni in tema di controllo reciproco fra società per azioni. en “Rivista delle Società”, 665.

Fernández, R. L. (1946). Código de Comercio comentado. Compañía Impresora.

Gagliardo, M. (2001). Obligaciones negociables convertibles en acciones en: “Derechos Patrimoniales. Estudios en Homenaje al Profesor Emérito Dr. Efraín Hugo Richard”. t. II. (Directoras: Laura Filippi y María Laura Juárez), Ad-Hoc.

Gigena Sasi a, C.H. & Lenta, M.A. (1995). El fideicomiso (ley 24.441). Un instrumento de avanzada en el logro de los propósitos de un acuerdo de accionistas. VI Congreso de Derecho Societario, Ad-Hoc, t. II.

Halperín, I. & otaegui, J. C. (1998). Sociedades anónimas. 2ª edic. Depalma.

Herrero suárez, C. (2001). La excepción de eficiencia económica (efficiency defense) en el control de la concentración empresarial. Análisis comparado entre el Derecho Antitrust estadounidense y el Derecho de la Competencia comunitario europeo. Revista de Derecho Mercantil (242), 1959.

Iglesi as Prada, J.L. (1971). Administración y delegación de facultades en la sociedad anónima. Madrid. Cit. Por OTAEGUI, J. (1979). Administración Societaria. Abaco.

Immenga, U. (1997). Líneas de desarrollo y características del derecho europeo de la competencia. RDM ( 225). 1110.

Jambrina, A., Cris tóbal, N. & tsanis, J. (1992). Los grupos societarios
en nuestra legislación. en: “I Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y la Empresa. V Congreso de Derecho Societario. Derecho Societario y de la Empresa”, Córdoba: Advocatus.

Junyent Bas, F. & Molina Sandoval, C.A. (2009). Ley de Concursos y Quiebras comentada. t. 2. Buenos Aires: Editorial Abeledo-Perrot.

Libonati, B. (1959). Holding e investmen trust. Milan: Giuffrè.

Manóvil, R.M. (1998). Grupos de sociedades en el derecho comparado, Buenos Aires: Abeledo-Perrot.

Marchetti, P. (1992). Note sulla nozione di controllo nella legislazione speciale. en “Rivista delle Socità” (fondata da Tullio Ascarelli), pp. 1 y ss.

Martínez De Petrazzini, V.F. (1997). Ley de concursos y quiebras Nº 24.522. Buenos Aires: Macchi.

Martínez Medrano, G.A. (2002). Control de los monopolios y defensa de la competencia, Buenos Aires: Lexis Nexis Depalma.

Martorell. (1993), Breves estudios sobre concursos y quiebras: ¿Procede la extensión de quiebra por abuso de control contractual?. 712.

Molina Sandoval, C.A (2001, 26 de septiembre). Conexidad contractual: su aplicación en el ambito societario, LL.

______________________. (Ed.) (2001). Grupo de sociedades: ¿el control externo es presupuesto para la extensión de la quiebra?. Buenos Aires: Abaco

______________________. (2002). La desestimación de la personalidad jurídica societaria. Buenos Aires: Abaco.

_____________________. (2003, 15 de mayo). El interés económico general en la Ley de Defensa de la Competencia. El Derecho. (pp. 1 y ss.).

____________________. (2004). Régimen societario. Parte general. t. II. Buenos Aires: Editorial Lexis-Nexis.

____________________. (2006) Defensa de la competencia. Buenos Aires: Editorial Errepar.

____________________. (2009) El fideicomiso en la dinámica mercantil. Buenos Aires.

Muñoz, R. & Rebolo, M. (ED) (2002, 8 de febrero). Notificación de operaciones de concentración económica. Criterios de la Comisión Nacional de la Competencia. pp. 2.

Otaegui, J.C. (1976) Fusión y escisión de sociedades comerciales. Buenos Aires:Ábaco.

Otaegui, J. C. (1979) Administración societaria. Buenos Aires: Ábaco.

Otaegui, J.C. (1984). Concentración societaria. Buenos Aires: Ábaco.

Otaegui, J. C. (1987) Concentración societaria. El control externo. Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones. pp. 79.

Otaegui, J. C.(1998) La extensión de la quiebra. Buenos Aires: Ábaco.

Palmero, J. C., Bisi o De Viano, M. I. & Mercado De Sala, M. C. (1977) Agrupamiento de sociedades. Fenómeno de concentración económica. Metodologías de agrupamientos. Regulación jurídica de agrupamiento de sociedades y de sus efectos, en Primer Congreso de Derecho Societario, La Cumbre: Depalma.

Paolantonio, M.E. (1995). Fideicomiso sobre acciones. en el VI Congreso de Derecho Societario, Ad-Hoc.

Quaglia, M. C. (2001). El tratamiento de las alianzas estratégicas de empresas en la ley de defensa de la competencia. Derecho y Empresa, Universidad Austral, (11), 217.

Richard, E-H. & Muiño, O. M. (1997). Derecho societario, Buenos Aires: Astrea.

Rivera, J.C. (1997). Instituciones de Derecho Concursal. Tomo 2. Santa Fe: Rubinzal-Culzoni.

Ross, A. (1963). Sobre el derecho y la justicia, Buenos Aires: Eudeba.

Sandler, M. (1995) Transmisión fiduciaria en la sindicación de acciones (La ley 24.441 y el “voting trust”). en el VI Congreso de Derecho Societario, Ad-Hoc.

Soldano, A. & Coloma, G. (1997) La fusión en el derecho de defensa de la competencia. JA.

Spolidoro, M.S. (1995). Il concetto di controllo nel codice civile e nella legge antitrust, en: “Rivista delle Socità” (fondata da Tullio Ascarelli), dott. A. Giuffrè editore. 456.

Torres Esc amez, S. (1992) La emisión de obligaciones por sociedades anónimas, Madrid: Civitas.

Velasco San Pedro, L.A. (2001) La política europea de la competencia ante el nuevo milenio. Revista de Derecho Comercial y de las Obligaciones. 77.

Verón, A.V. (1998) Manual de sociedades comerciales. Errepar, t. II. 1150.

Zavala Rodríguez, C. J.(1959) Código de Comercio, t. II.

Zunino, J.O. (1982). Fondo de comercio. Régimen legal de su transferencia. Buenos Aires: Astrea.

Los autores deben tener en cuenta las siguientes observaciones al someter sus artículos científicos:
a) Todo artículo postulado para publicación debe ser original o inédito.
b) El artículo sometido a publicación, no debe estar postulado para publicación simultáneamente en otras revistas.
c) Se entregará una carta de exigencia de originalidad la cual debe ser firmada por los autores (requisito no obligatorio).

Los autores que publican en esta revista están de acuerdo con los siguientes términos:

a. Los autores conservan los derechos de autor y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo al igual que la licencia bajo una creative commons, que permite a otros compartir el trabajo con un reconocimeinto de la autoría del trabajo y la publicación inicial en esta revista.