El concepto de justicia y su fundamento. Un análisis de los consensos en J. Rawls desde la perspectiva del nuevo derecho natural en Carlos Massini
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Palabras clave

Justicia
consenso entrecruzado
bien
persona
esfera de la vida.

Cómo citar

El concepto de justicia y su fundamento. Un análisis de los consensos en J. Rawls desde la perspectiva del nuevo derecho natural en Carlos Massini. (2013). Civilizar, 13(24), 63-78. https://doi.org/10.22518/16578953.113

Resumen

La reflexión sobre los fundamentos de la teoría de la justicia en el debate contemporáneo implica la determinación de los principios para definir los criterios materiales de lo justo. Esta definición de los criterios de justicia va de la mano del debate metodológico que abarca desde el intento de replicar la formulación de una ciencia empírica hasta la identificación de algunos de los antecedentes remotos en el análisis de la razón en Hume. Una de las explicaciones representativas de las teorías de la justicia es la de John Rawls, autor que propone una teoría pública de la justicia en una sociedad pluralista.


La constatación de este hecho lleva al autor a postular la idea de que para llegar a lo justo requerimos de un procedimiento formal. Esta sería la manera para cumplir con la pretensión de garantizar la razonabilidad de esos principios a través de un consenso entrecruzado. Otro sector de la doctrina denominada el “nuevo derecho natural” interroga sobre la pertinencia de fundamentar los contenidos de la justicia. Esta vía de análisis se encuentra representada por el filósofo del derecho Carlos Massini, quien sostiene que la idea de los consensos en Rawls incurre en la denominada “falacia procedimentalista”.


Igualmente, Massini destaca que la propuesta rawlsiana implica una escisión en las esferas de la vida de la persona. Esta división se observa en la ordenación social fruto de la asignación de las ideas del bien al ámbito privado y las concepciones sobre la justicia a la discusión pública. Toda esta propuesta de estructura social sobre el bien y sobre lo justo podría dejar en entredicho la capacidad de motivación de esos consensos para que los ciudadanos actúen con honestidad.

 

DOI: http://dx.doi.org/10.22518/16578953.113

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Referencias

Bobbio, N. (1965). Sul Fundamento dei Diritti dell’uomo, en Rivista Internazionale de Filosofia del Diritto. Milán: Ed. Milano.

Brieskorn, N. (1993). Filosofía del derecho. Barcelona: Ed. Herder.

Castaño S. (2005). La politicidad natural como clave de interpretación de la his- toria de la filosofía política, el derecho natural en la realidad social y jurídi- ca. Santiago de Chile: Ed. Universidad Santo Tomás.

Dewan, L. (2008). Wisdom as Foundational Ethical Theory in St. Thomas Aquinas. En Wisdom, Law, and Virtue: Essays in Thomistic Ethics, (pp. 32-57) Nueva York: Fordham University Press.

García Cuadrado, J. (2009). Humanismo cristiano de Santo Tomás de Aquino. Curso de doctorado. Medellín: Universidad Pontificia Bolivariana.

García, J. I. (1985). La teoría de la justicia en John Rawls. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.

Innenarity, D. (1990). Dialéctica de la moderni- dad. Madrid: Ed. Rialp.

Hobbes, T. (1979). Leviatán. Madrid: Editora Nacional.

Höffe, O. (1986). Diccionario de ética, gru- po Grijalbo-Mondadori. Barcelona: Ed. Crítica.

Hume, D. (1985). Tratado sobre la naturaleza humana. Londres: Penguin.

Kalinowsky, G. (1981). L’impossible métaphysique. Paris: Beauchesne.

Kant, I. (1988). Lecciones de ética (Trad. de R.E. Rodríguez Aramayo). Barcelona: Ed. Crítica.

Massini, C. (1994). La falacia de la falacia na- turalista. Mendoza, Argentina: Edium.

Massini, C. (1998). El derecho a la vida. Pam- plona: Eunsa.

Massini, C. (2004). Constructivismo ético y justi- cia procedimental en John Rawls, 56.Mé- xico: Instituto de investigaciones jurídicas de Universidad Autónoma de México.

Massini, C. (2005). Los derechos humanos en el pensamiento actual (2a ed.). Buenos Aires: Abeledo-Perrot.

Nino, C. (1984). Ética y derechos humanos.
Buenos Aires: Ed. Paidós.

Olivecrona, K. (1980). El derecho como hecho (Trad. L. López Guerra). Barcelona: Ed. Labor.

Rawls, J. (1971). Una teoría de la justicia.Massachusetts: U. P.

Rawls, J. (1990). Sobre las libertades. Barcelo- na: Paidós.

Rawls, J. (1996). El liberalismo político. Barce- lona: Ed. Crítica.

Rawls, J. (1999). Justicia como equidad. Ma- drid: Tecnos.

Ricoeur, P. (1991). Autour du Politique. En Lec- turas I. París: Seuil.

Ricoeur, P. (2001). Del texto a la acción. Fondo de cultura económica. Buenos Aires

Ricoeur, P. (2008). Lo justo II. Madrid. Trotta Robles, G. (1980). Análisis crítico y de los supuestos teóricos y del valor político de los derechos humanos, en Rivista Internazionale di Filosofía del Diritto, 3 (IV serie). Milán: Giuffré Editore.

Sahuí, A. (2001). John Rawls, del consenso entrecruzado al equilibrio reflexivo. Al- gunas consideraciones acerca del uso público de la razón, en Signos filosóficos. Santiago de Chile: Universidad Autóno- ma de Campeche.

Tugendhat, E. (1988). Observaciones sobre algunos aspectos metodológicos de Una teoría de la justicia, de Rawls, en Proble- mas de ética. Barcelona: Crítica.

Villey, M. (1976). Estudios en torno a la noción de derecho subjetivo, colección jurídica Serie Mayor. Valparaíso: Ediciones Uni- versitarias de Valparaíso.

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