¿SE JUSTIFICA LA ACCIÓN DE REPETICIÓN?
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Torres Calderón, L. A. (2005). ¿SE JUSTIFICA LA ACCIÓN DE REPETICIÓN?. Civilizar, 5(8), 9–24. https://doi.org/10.22518/16578953.797
 

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Resumen

El autor -Magistrado del Tribuna Administrativo de Cundinamarca- hace serias reflexiones, suficientemente razonadas, sobre si se justifica la acción de repetición. En particular su escrito se fija sobre la ley 678 del año 2001, con el fin de formular propuestas de Reforma que contribuyan a mejorar la eficacia y la justicia de la acción de repetición.
https://doi.org/10.22518/16578953.797
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Citas

1. Normas legales: artículos 15 y 16 del Código Civil
2. Artículo 342 del Código de Procedimiento Civil
3. Artículo 75 de la ley 446 de 1998
4. Ley 678 de 2001, que reglamentó la acción de repetición
5. Las sentencias de la Corte Constitucional mediante las cuales se revisó la
constitucionalidad de las normas de la ley 678 de 2001, en especial las
sentencias C-778-03 del 9 de septiembre de 2003, C-484-02 del 25 de junio
de 2002, C-455-02 del 12 de junio de 2002 C-423-02 del 28 de mayo de
2002, C-374-02 del 14 de mayo de 2002 y C-965-03 del 21 de octubre de
2003.
Artículos consultados:
- Montoya Median Luis Eduardo “La presunción de tolo y la culpa grave en la
acción de repetición contra el servidor público: un desborde del legislador”.
- Hoyos Duque Ricardo “Algunas reflexiones sobre la acción de repetición”,
ponencia presentada en su calidad de Presidente de la Sección Tercera del
Consejo de Estado en el Noveno Encuentro de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, realizada en San José de Cúcuta el 17 de octubre de 2002

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